PÁGINAS LEGALES.

Política de No Discriminación.

Versión Vigente: Septiembre de 2026

POLÍTICA DE NO DISCRIMINACIÓN E IGUALDAD DE TRATO

AUPTAM UNIVERSITY
American University of Professionals in Therapies and Alternative Medicine LLC

1. COMPROMISO INSTITUCIONAL

AUPTAM University promueve un entorno institucional basado en el respeto, la dignidad, la igualdad de trato, la inclusión, el respeto por la diversidad y la valoración de la trayectoria de cada persona.

Nuestro compromiso es procurar que estudiantes, participantes, candidatos, graduados, colaboradores y demás personas que interactúan con AUPTAM sean tratadas con respeto y sin discriminación injustificada.

2. PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN

AUPTAM procura que el acceso y participación en sus programas, servicios y procesos institucionales no estén sujetos a discriminación ilegal basada en características protegidas por la legislación que resulte aplicable.

Dependiendo de la jurisdicción correspondiente, estas características pueden comprender raza, color, origen nacional, etnia, sexo, género, edad, religión, discapacidad, estado civil, orientación sexual, identidad de género, condición de veterano u otras características legalmente protegidas.

Esta referencia deberá interpretarse de acuerdo con la normativa aplicable y no pretende limitar otras protecciones reconocidas por la ley.

3. ALCANCE DE LA POLÍTICA

Esta Política podrá aplicarse, según corresponda, a las relaciones institucionales vinculadas con admisiones, Diplomados Internacionales, Certificaciones Internacionales, Programa de Reconocimiento de Experiencia Profesional (RPEP), Ruta Integral RPEP, Reconocimientos Honoríficos, Campus Virtual, servicios de orientación y soporte, actividades institucionales y demás servicios desarrollados por AUPTAM.

4. UNA COMUNIDAD MULTIDISCIPLINARIA

AUPTAM nació con una especial orientación hacia las terapias, el bienestar y la medicina alternativa. Actualmente, su modelo institucional ha ampliado su alcance hacia diferentes áreas y campos del conocimiento.

El Programa RPEP contempla una estructura organizada en 8 Facultades y 36 áreas profesionales, permitiendo recibir candidatos provenientes de distintas trayectorias, profesiones, oficios, disciplinas y sectores.

AUPTAM valora la diversidad de experiencias y reconoce que los conocimientos y competencias profesionales pueden desarrollarse mediante diferentes recorridos formativos y laborales.

5. IGUALDAD DE TRATO EN LOS PROCESOS DE ADMISIÓN

Las solicitudes de admisión deberán ser consideradas de acuerdo con los requisitos establecidos para el programa o proceso correspondiente.

AUPTAM procurará que las decisiones se fundamenten en criterios legítimos relacionados con los requisitos del programa, la documentación aportada, el perfil del candidato, su formación, experiencia, competencias, trayectoria y demás elementos pertinentes al proceso.

Las decisiones no deberán fundamentarse en características personales protegidas por la legislación aplicable cuando estas sean ajenas a los requisitos legítimos del programa o proceso correspondiente.

6. IGUALDAD DE TRATO EN EL PROGRAMA RPEP

El Programa de Reconocimiento de Experiencia Profesional (RPEP) se fundamenta en la evaluación individual de la trayectoria y las evidencias de cada candidato.

Dependiendo del caso, AUPTAM podrá considerar la formación previa, experiencia laboral y profesional, conocimientos, competencias, ejercicio independiente, proyectos, docencia, investigación, publicaciones, emprendimientos, reconocimientos, aportaciones profesionales y demás evidencias pertinentes.

Los candidatos deberán ser evaluados conforme a los criterios institucionales aplicables al proceso correspondiente, procurando consistencia y trato respetuoso durante la evaluación.

7. NO DISCRIMINACIÓN NO SIGNIFICA APROBACIÓN AUTOMÁTICA

El principio de igualdad de trato no significa que todas las solicitudes deban obtener el mismo resultado.

Cada programa, nivel o reconocimiento puede establecer requisitos y criterios específicos. Como resultado de la evaluación correspondiente, AUPTAM podrá aprobar una solicitud, solicitar información adicional, recomendar una alternativa diferente, determinar un nivel distinto o no aprobarla.

Estas decisiones deberán fundamentarse en criterios legítimos relacionados con el programa o proceso y no en factores discriminatorios prohibidos por la legislación aplicable.

8. RUTA INTEGRAL RPEP

La Ruta Integral RPEP comprende cinco niveles progresivos: Licenciatura → Especialización → Maestría → Doctorado → Postdoctorado.

El reconocimiento correspondiente a cada nivel estará sujeto a evaluación.

La edad, por sí sola, no constituye un criterio suficiente para aprobar o rechazar una solicitud. La experiencia y trayectoria acumuladas a lo largo de los años podrán formar parte de la evaluación cuando resulten pertinentes, pero deberán estar respaldadas por la información y evidencias correspondientes.

9. PERSONAS CON DISCAPACIDAD

AUPTAM procurará facilitar una participación razonable de las personas con discapacidad dentro de sus programas y servicios digitales, teniendo en cuenta la naturaleza del programa, las necesidades comunicadas por la persona, los recursos tecnológicos disponibles y las obligaciones legalmente aplicables.

Cuando una persona requiera un ajuste relacionado con accesibilidad, podrá comunicarse con AUPTAM para evaluar las alternativas razonablemente disponibles.

Esta disposición deberá interpretarse conjuntamente con la Declaración de Accesibilidad institucional.

10. DIVERSIDAD CULTURAL E INTERNACIONAL

AUPTAM desarrolla actividades con personas de diferentes países y contextos culturales. Por ello, promueve una interacción basada en el respeto intercultural, la comunicación responsable, el trato digno y el reconocimiento de la diversidad de trayectorias profesionales y personales.

Las diferencias culturales, nacionales o geográficas no deberán utilizarse como fundamento para una discriminación injustificada.

11. LIBERTAD DE CREENCIAS

AUPTAM respeta la diversidad de creencias religiosas, espirituales, filosóficas y personales de quienes integran o interactúan con su comunidad.

La existencia dentro de su estructura multidisciplinaria de áreas relacionadas con Teología, Religión y Filosofía no implica que AUPTAM exija la adhesión a una determinada religión, doctrina o creencia como condición general de participación institucional.

Cuando un programa tenga contenido específicamente religioso o teológico, su naturaleza deberá informarse claramente.

12. RESPETO EN LAS COMUNICACIONES

Las interacciones realizadas mediante el Campus Virtual, correo electrónico, WhatsApp, videollamadas, actividades académicas, asesorías, grupos institucionales y demás canales de comunicación deberán desarrollarse bajo principios de respeto y trato digno.

AUPTAM podrá adoptar medidas razonables frente a comportamientos que impliquen acoso, amenazas, hostigamiento, insultos graves, discriminación u otras conductas que afecten injustificadamente la dignidad, integridad o seguridad de otras personas.

13. ACOSO Y HOSTIGAMIENTO

AUPTAM procura mantener un ambiente institucional libre de acoso, hostigamiento y discriminación ilegal.

Las situaciones reportadas deberán analizarse atendiendo a sus circunstancias, incluyendo el contexto, gravedad, frecuencia, evidencias disponibles y legislación aplicable.

Cuando se comprueben conductas incompatibles con esta Política, AUPTAM podrá adoptar las medidas razonables que correspondan según la naturaleza de la relación y las circunstancias del caso.

14. PERSONAL Y COLABORADORES

Las personas que participen en actividades institucionales en representación de AUPTAM deberán procurar mantener un trato respetuoso hacia estudiantes, candidatos, participantes, graduados, proveedores, colaboradores y terceros.

Las decisiones institucionales relacionadas con dichas personas deberán procurar fundamentarse en criterios legítimos vinculados con las funciones, responsabilidades, requisitos y circunstancias correspondientes.

15. PROTECCIÓN FRENTE A REPRESALIAS

AUPTAM no pretende adoptar represalias contra una persona por presentar de buena fe una inquietud o reporte relacionado con una posible situación de discriminación.

La presentación de un reporte tampoco significa que la acusación se considere automáticamente comprobada. AUPTAM podrá revisar los hechos, escuchar cuando corresponda a las personas involucradas y analizar la información disponible antes de adoptar una decisión.

16. REPORTES Y SOLICITUDES

Una persona que considere haber experimentado una situación de discriminación dentro de una actividad institucional de AUPTAM podrá comunicarla mediante los canales institucionales oficiales.

Cuando sea posible, la comunicación deberá proporcionar información suficiente para comprender y revisar la situación, incluyendo la identificación del solicitante, una descripción de lo ocurrido, fecha aproximada, personas involucradas, canal o actividad donde sucedió y las evidencias disponibles.

AUPTAM procurará revisar la situación y canalizarla de acuerdo con sus circunstancias.

17. CONFIDENCIALIDAD DE LOS REPORTES

Los reportes relacionados con posibles situaciones de discriminación deberán tratarse con un nivel razonable de confidencialidad.

La información podrá compartirse internamente o, cuando resulte necesario, con terceros para analizar la situación, proteger a las personas involucradas, cumplir obligaciones legales o adoptar las medidas correspondientes.

No puede garantizarse confidencialidad absoluta cuando la revisión de los hechos o la legislación aplicable exijan revelar determinada información.

18. REPORTES DE BUENA FE

AUPTAM promueve que las inquietudes y reportes se presenten de buena fe.

El hecho de que después de una revisión se alcance una conclusión diferente de la planteada por quien presentó el reporte no significa por sí mismo que este haya actuado de mala fe.

Sin embargo, la presentación deliberada de información falsa o evidencia manipulada podrá analizarse conforme a las políticas institucionales aplicables.

19. RELACIÓN CON OTRAS POLÍTICAS

Esta Política deberá interpretarse conjuntamente con la Declaración Legal Institucional, Política de Cumplimiento Institucional, Términos y Condiciones de Uso, Política de Privacidad y Tratamiento de Datos, Declaración de Accesibilidad y demás políticas institucionales que resulten aplicables.

20. ACTUALIZACIÓN DE ESTA POLÍTICA

AUPTAM podrá actualizar esta Política cuando resulte necesario como consecuencia de cambios institucionales, operativos o legales, o para introducir mejoras en sus procedimientos.

La versión vigente deberá permanecer publicada en el sitio web e indicar su fecha de última actualización.

DECLARACIÓN FINAL

DIFERENTES TRAYECTORIAS. EL MISMO RESPETO.

AUPTAM reconoce que cada persona puede construir su trayectoria mediante experiencias, conocimientos, estudios y recorridos profesionales diferentes.

Nuestra comunidad institucional puede integrar personas provenientes de distintos países, culturas, profesiones, disciplinas, generaciones y trayectorias.

Nuestro compromiso es procurar que cada persona sea tratada con dignidad y respeto, y que las decisiones institucionales se fundamenten en criterios legítimos relacionados con el programa, servicio o proceso correspondiente.

Última actualización: septiembre de 2026.

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